Género: lo que dejó el mes de la NO violencia

Género: lo que dejó el mes de la NO violencia

Foro por una agenda de Género en el Senado bonaerense

Con la presencia del vicegobernador Gabriel Mariotto se llevó a cabo el 21 de noviembre en el Salón Central “Eva Perón” del Edificio Anexo de la Cámara de Senadores de la provincia, el "Foro para una Agenda de Género en la provincia de Buenos Aires". El mismo se realizó en el marco del Programa “La Legislatura sale a la Calle”, que promueve la participación de la comunidad en el debate de las leyes que afectan la vida de los habitantes de la Provincia.

El Foro tiene por objeto permitir la efectiva participación ciudadana en el proceso de debate de políticas públicas, en este caso para promover y generar condiciones aptas para sensibilizar, prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres y garantizar la asistencia integral a las víctimas de violencia de género en la provincia de Buenos Aires.

La secretaria general del frente de Genero Igualdad de Oportunidades del MUP, Marisa Peralta y el subsecretario, Diego Cao estuvieron en el senado para debatir sobre la necesidad de seguir concientizando a la sociedad en lo que refiere a la violencia de género.

http://www.senado-ba.gov.ar/prensa_noticia_individual.aspx?id=151

Encuentro de  Género en Mendoza

LAS ORGANIZACIONES LUCHAMOS CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

El MUP Mendoza junto a otras Agrupaciones kirchneristas participaron del panel del debate sobre política y perspectiva de género que se llevó a cabo el martes 28 en la explanada de la legislatura provincial. El panel estuvo compuesto por Diego Cao: especialista en Género y Gestión Institucional de la Secretaría de Género del MUP a nivel nacional; Anabel Costella; Grupo Vera; María L. Sosa; La Discépolo; José L. Castillo colectivo de formación la "Lengua de Castelli" MUP; la periodista Laura Romboli; Militancia Social y Graciana Furlotti, Abogada y militante del Encuentro Nacional Popular Latinoamericano (ENPL).

Situación de la Violencia de Género en la provincia de Buenos Aires

Declaración: 

Diputada Alicia Sánchez; diputada Natalia Gradaschi; Instituto de Cultura Jurídica de la UNLP;  AJB La Plata; SUTEBA; ATE; Pocho Lepratti; CTA provincia de Buenos Aires ; Red de monitoreo de políticas públicas para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y frente de Genero Igualdad de Oportunidades del MUP

Las organizaciones sociales e institucionales arriba firmantes, con la articulación del Observatorio Social Legislativo y del  Observatorio de Violencia de Género dependiente de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires  en el marco de sus mandatos técnicos e institucionales, conformamos una mesa de trabajo a partir de la necesidad de buscar respuestas y expresar nuestra posición frente a la grave situación de la violencia de género y los feminicidios en nuestra provincia, con el compromiso de aunar esfuerzos que contribuyan a fortalecer el debate público y la incidencia en las políticas vinculadas a esta temática.

Para ello hemos puesto en común diferentes informes e investigaciones  que cada institución y organización ha elaborado.  Las organizaciones abajo firmantes hemos llegado a la síntesis que aquí presentamos.

Sin dudas en los últimos años se ha avanzado de manera notable en el reconocimiento y visibilidad de la Violencia de Género, así como  en la  sanción de leyes y construcción de dispositivos  de intervención y sensibilización social sobre el tema.

La violencia  contra las mujeres es un grave problema social, de violación de derechos humanos fundamentales, de salud pública y de seguridad que debe ser abordado de manera integral, con políticas públicas transversales sostenidas en el tiempo que incluyan la  perspectiva de género y de derechos humanos.

Señalamos el  crecimiento de denuncias, la solicitud de acompañamiento por partes de mujeres de diferentes sectores sociales, la gravedad de los delitos contra la mujer y en mucho casos contra sus hijos e hijas, los obstáculos que padecen en el momento de buscar respuestas, los numerosos y alarmantes feminicidios que conocemos a través de la información de los medios y la proporcionada por la ONG Casa del Encuentro.

Si bien se avanzó mucho legislativamente, aún cuando todavía  faltan reformas y  adecuaciones procedimentales, resulta  fundamental concretar  la articulación de los distintos poderes y organismos de nivel local, provincial y nacional.

En la aplicación de los mecanismos previstos para abordar esta problemática por parte del Poder Ejecutivo, comprobamos una preocupante falta de recursos asignados a los programas y unidades orgánicas con competencia directa.

El Ministerio de Desarrollo Social, organismo de aplicación de la ley 12.569, es  claro ejemplo de esto. No existe registro de la ejecución del presupuesto de  los programas o áreas que están explícitamente mencionados (en Salud, Secretaría de Derechos Humanos, Jefatura de Gabinete) y de los demás directamente no hay presupuesto previsto.

Esto se traduce en escasa acción conjunta de los organismos, en la falta  de acompañamiento de las mesas locales, en la ausencia de presupuesto para viáticos, en recortes presupuestarios a las casas de tránsito, la falta de un registro y monitoreo actualizado de los refugios de la Provincia. Se suma a esto que desde 2008, no se renuevan convenios con organizaciones no gubernamentales a quienes se les continúan derivando casos desde las diferentes oficinas de atención.

La Mesa Intersectorial, coordinada por la Dirección de Género del Ministerio Desarrollo Social, dejó de producir actas públicas para el conocimiento de la información sobre estrategias de abordaje provincial, tampoco se conoce si se reúne periódicamente. Asimismo se carece de datos e información acerca de la representación en el Consejo Federal de la Mujer, ámbito desde el cual no se ha convocado a las organizaciones de la sociedad civil durante toda la gestión del actual Gobernador.

                                                                          

El fondo permanente especial para las emergencias, dependiente de la Secretaria de Derechos Humanos, tuvo  un funcionamiento deficiente durante los dos últimos años, debiendo considerarse con favorable expectativa los recientes anuncios del titular del área.

Las Comisarías de la Mujer y la Familia, dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad, son una de las únicas respuestas que se brindan y, si bien se han creado nuevas, no es posible tener un panorama pormenorizado de su funcionamiento.

De las informaciones disponibles se desprende la existencia de 53 comisarías de la mujer  y la familia y 60 oficinas de toma de denuncias de violencia familiar en comisarías comunes. Todas ellas tienen realidades diversas, algunas funcionan aceptablemente, pero en otras faltan recursos materiales, sobre todo computadoras para cargar datos, realizar estadísticas y sistematizar información clave.  El personal capacitado y/ o especializado  es insuficiente, hasta en algunos casos detectamos denuncias que señalan que algunas comisarías no toman las denuncias o ejercen maltrato sobre las víctimas.

Destacamos asimismo  la necesidad de jerarquizar y formalizar el programa de atención de la violencia en el Ministerio de Salud , para que cuente con estructura y ejecute efectivamente el presupuesto asignado. Vemos con preocupación la falta de equipos interdisciplinarios en las guardias de los nosocomios como así también la escasa cantidad de personal en el programa provincial.

La imposibilidad de contar con un diagnóstico preciso, a partir de la dispersión y escasez de la información, forma parte también de aspectos a tener en cuenta de manera prioritaria para poder diseñar y aplicar políticas y programas con mayores niveles de certeza y precisión.

Es por ello que manifestamos aquellas cuestiones que consideramos  imprescindible abordar de manera inmediata. Esta enumeración no supone agotar todos los temas, sino más bien presentarlos como primeros compromisos asumidos para la acción. Anexo al presente documento se acompaña una síntesis de temáticas que seguiremos desarrollando, entre ellas la Trata de Personas, Abortos No Punible, Mujeres en Cárceles.

Por todo lo expuesto, manifestamos la necesidad de  aplicar políticas de género transversales y sostenidas en el tiempo, en los diferentes ámbitos de gobierno y la urgencia de:

•Implementación del Sistema Integrado Provincial a través de la Mesa Intersectorial de la provincia de Buenos Aires.

•Adecuar el procedimiento judicial de la ley 12.569 a lo establecido en la ley nacional 26485 (en trámite ante Cámara de Senadores proyecto de ley D-3860/10-11 con media sanción de diputados)

•Anular la mediación como forma de intervención en los casos de violencia familiar, acorde con la ley 12569, ley nacional 26485 y tratados internacionales ratificados por nuestro país (en trámite ante Cámara de Diputados: proyecto de ley D-2294/11-12)

•Fortalecer la articulación de acciones entre los organismos del Poder Ejecutivo y de éstos con el Poder Judicial, con instancias de consulta y diálogo con las organizaciones de la sociedad civil. Sin dejar de tomar decisiones urgentes y respuestas actuales de atención y prevención de la violencia, su función debe estar orientada a implementar el programa provincial de asistencia integral a las víctimas de violencia de género, tal como lo dispone el decreto reglamentario 2875/05 de la ley 12569.

•Garantizar un abordaje local de esta problemática, lo que supone coordinar en cada municipio espacios especializados de atención de la violencia. Esto podrá concretarse a partir de acuerdos y articulaciones  entre el gobierno  provincial y municipal, tal como lo establece la reglamentación antes mencionada.

•Resulta prioritario acompañar con acciones concretas de asistencia las medidas que puedan y deban tomarse desde el ámbito judicial.

•Avanzar en la implementación de un  sistema de registro de denuncias por violencia de género en el Poder Judicial, en los diversos organismos ante los que se formulen, construido de manera tal que sirva para la toma de decisiones de política pública, accesible para las organizaciones de la sociedad civil que son parte de esas políticas y a la opinión pública, así como también la construcción del registro único de casos de violencia abarcando todos los organismos del Poder Ejecutivo que atienden la temática, considerar el intercambio de información con el Poder Judicial y la vinculación con el sistema de registro propuesto desde la Nación.

•Adecuar la legislación provincial vigente a los estándares nacionales e internacionales referidos a la violencia de género.           .

•Reforzar y actualizar permanentemente la capacitación a los operadores/as y funcionarios/as

•Capacitar a operadores en el Poder Judicial y promover la creación de protocolos de actuación en ese ámbito a fin de unificar prácticas y procedimientos. Avanzar en la creación de organismos especializados en violencia de género, tanto del Ministerio Público como dependientes de la Suprema Corte.

•Colaborar desde el nivel centralizado provincial en la remoción de obstáculos que impiden  la implementación y el funcionamiento de las mesas locales de violencia, como un dispositivo  para el abordaje en territorio  con intervención de todos los actores gubernamentales y no gubernamentales que  abordan la temática.

•Avanzar con decisión y enfoque estratégico en la formulación y  aplicación de contenidos educativos con perspectiva de género, que contribuyan a modificar los estereotipos que forman los cimientos de la discriminación y la violencia. Asimismo, cumplir con la aplicación efectiva de la ley de Educación Sexual Integral en todo el territorio provincial, en establecimientos educativos de gestión pública y privada.

•Otorgar prioridad en la asistencia directa a las mujeres, niñas y niños a su cargo,  en emergencia por violencia de género (alimentos, pañales, atención médica, servicios educativos, alojamiento o vivienda,), coordinando con la Secretaría de Niñez.

En todos los casos y para el conjunto de temáticas propuestas es fundamental cambiar el organismo rector de estas políticas ya  que supera las incumbencias del Ministerio de Desarrollo Social. El Consejo Provincial de las Mujeres debería ser ese organismo rector, siendo pertinente su jerarquización en la estructura gubernamental y la provisión tanto de recursos económicos como de equipos profesionales especializados.

ANEXO

Trata de personas

A partir de la sanción de la Ley Nacional 26364, el Poder Ejecutivo de la provincia ha concentrado los esfuerzos en la definición de dispositivos que atienden las denuncias pero no contemplan mecanismos indispensables para la atención de víctimas: refugios, seguimiento y reinserción de las víctimas del delito de trata con fines de explotación sexual y delitos conexos. No existen aún propuestas de articulación del gobierno provincial con los municipios. Esta situación resulta particularmente preocupante teniendo en cuenta el carácter territorial del delito.

El Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia a la fecha, no ha definido protocolos de actuación de las policías locales frente a los delitos de trata de personas y delitos conexos, a pesar de la presencia activa de las fuerzas de seguridad en los allanamientos y en las tareas investigativas.

Abortos no punibles

La provincia de Buenos Aires ha sido la primera en contar con un Programa de prevención de violencia en el sistema de salud, y en ese marco tuvo el primer protocolo de ANP (2007).

A partir del último fallo de la Corte  este protocolo ha sido reformulado, sin embargo existen enormes dificultades cuando los casos llegan al sistema de salud, incluso aquellos efectores que eran referentes en su aplicación, hoy ponen barreras de acceso que dificultan su aplicación y por ende la garantía que la práctica se efectúe.

•Caso sobre aborto no punible: Dictamen 1608/2007 del Comité de Derechos Humanos a tenor del párrafo 4 del artículo 5, del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, dado en el  101º período de sesiones.

La denuncia

3.1 La autora señala que, a pesar de contar con un recurso legal para decidir sobre sus derechos reproductivos, L.M.R. no pudo acceder al aborto legal. Fue discriminada en el acceso a la salud reproductiva, se violó su autonomía reproductiva, su derecho a la privacidad y a la intimidad y a acceder a un aborto seguro dentro del sistema de salud pública. Tanto ella como su familia sufrieron daños morales y psíquicos y vieron afectada su vida cotidiana. El daño psíquico de L.M.R. se manifiesta bajo la forma de trastorno por estrés postraumático, con síntomas predominantemente fóbicos. Si bien es difícil diferenciar los efectos de la violación de aquéllos producidos por la ineficacia del Estado para garantizar su acceso a un aborto seguro, hay suficientes indicios para afirmar que si el aborto hubiera sido realizado en tiempo y forma adecuados se hubieran minimizado las consecuencias dañosas ¨.

Teniendo presente que, por ser parte en el Protocolo Facultativo, el Estado parte reconoce la competencia del Comité para determinar si ha habido o no violación del Pacto y que, en virtud del artículo 2 del Pacto, el Estado parte se ha comprometido a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el Pacto, el Comité desea recibir del Estado parte, en un plazo de 180 días, información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen. Se pide al Estado parte asimismo que publique el dictamen del Comité.

El dictamen  admite que hubo violación del art. 7 del Pacto (tortura y trato cruel, inhumano y degradante) al considerar que “la omisión del Estado al no garantizar a LMR el derecho a la interrupción del embarazo conforme a lo previsto en el art. 86 inc.2 del Código Penal causó a la joven un sufrimiento físico y moral contrario al art. 7 del Pacto, tanto más grave cuanto se trataba de una joven con discapacidad”.

Asimismo, el Comité plantea que los casos de aborto no punible deben resolverse entre la paciente y su médico sin la injerencia del Estado ya que esta intromisión viola el derecho a la privacidad establecido en el art. 17 del Pacto; que el no disponer de mecanismos que le permitan interrumpir el embarazo hace al Estado responsable por la violación al derecho y a las garantías y  el respeto de los derechos (art. 2 párrafo 3) en relación con los arts.: 3 (Derecho a la igualdad y no discriminación) art. 7 (Derecho a estar libre de torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes) y 17 (Derecho a la intimidad) .

Señalamos expresamente en este punto ,  que las judicializaciones ilegítimas e injustificadas que lamentablemente siguen ocurriendo en diferentes jurisdicciones del país comprometen la responsabilidad del Estado Argentino como garante de los derechos establecidos en el Pacto.

Mujeres en cárceles

Situación de mujeres  madres privadas de su libertad:

La Unidad Nº 33 del Complejo Penitenciario de Los Hornos, es la única unidad penal con pabellones asignados especialmente para mujeres detenidas que conviven con hijos y embarazadas. A pesar de esta definición  institucional de parte del SPB, los pabellones no cuentan con adecuaciones específicas para este colectivo de mujeres y los niños/as que conviven con ellas.

De acuerdo a datos suministrados por el Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires (en adelante SPB), en la actualidad se encuentran alojadas en la Unidad N°33de Los Hornos,  286 mujeres; 196 están procesadas y 89 condenadas.

El Servicio Social de la propia Unidad N°33 ha informado al Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, y en el marco de las entrevistas realizadas por este Observatorio “aproximadamente el 90% de estas mujeres son madres y que las mismas tienen entre 3 y 5 hijos aproximadamente”

Aprehensión policial de mujeres con hijos/hijas:

En tanto no existe un protocolo de intervención de las fuerzas de seguridad  para la detención de mujeres, la resolución acerca de la situación de sus hijos/as en el momento concreto de la aprehensión-detención policial, encuentra respuestas heterogéneas, en función de la “buena voluntad” de los funcionarios que intervienen en el  proceso y de los saberes de cada mujer (producto de detenciones anteriores propias o de su entorno) y su contexto.

En ese sentido hemos relevado que el cuidado de los niños/niñas en ese primer momento, se resuelve de manera precaria, con vecinos, o a cargo de algún hermano/a mayor presente en el lugar o adulto que pueda hacerse presente de manera inmediata.

Es preciso señalar que el SPB no ha construido información estadística desagregada rigurosa y confiable, con el fin de relevar el marco de relaciones sociales de una mujer detenida (por variables como sexo, cantidad de hijos/hijas a cargo,  edad y sexo de los/las mismos/as, domicilio, escolaridad, discapacidades y adultos a cargo), que permita analizar la situación de todas las mujeres madres y de sus hijos intra y extramuros.  Debido a que las autoridades del SPB no llevan un registro de esta  información, se desconoce el número absoluto de niños y niñas afectados y el porcentaje de mujeres encarceladas con niños a cargo.